7/9/08
Postres de la abuela
Es necesario comer sanamente, para tener un crecimiento y desarrollo normal, para mantener en equilibrio en el nivel de azúcar en la sangre, para mantener el cuerpo funcionando adecuadamente y para ayudar a evitar otros problemas de la salud causados por la diabetes.
4/9/08
3/9/08
1/9/08
CONSTITUCION DE UNA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
En el circulo notarial de Bogotá D.C., Departamento de Cundinamarca, República de Colombia, a los nueve (9) días del mas de Marzo de 2008 ante Diego Julián Ocaña Notario QUINTO del referido circulo nos reunimos un grupo de estudiantes para conformar una sociedad, bajo las siguientes clausulas. PRIMERA; Los socios fundadores los comparecientes Leidy Viviana Bautista López, Cindy Lorena Rodríguez, Mónica Liceth Vargas Beltrán, Dexy Katherinne Ospina Montaño, identificadas con C.C. Nº 1’015.417.970, 901029-68793, 910330-24997, 900825-58976, de Bogotá, Bogotá, Facatativa, Zipaquirá, domiciliados en Bogotá, Bogotá, El Rosal, Zipaquirá, Departamento de Cundinamarca, República de Colombia. SEGUNDA; La sociedad que conformamos es una sociedad limitada que se denominará “POSTRES DE LA ABUELA LTDA”. TERCERA; La sociedad tendrá por domicilio principal la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia. CUARTA; La sociedad comercial “POSTRES DE LA ABUELA LTDA”, tendrá por objeto social la elaboración, venta y comercialización de postres para todo tipo de personas, sin importar sus condiciones al por mayor y al detal. QUINTA; El capital social es de seiscientos veinte mil pesos moneda corriente (620.000) dividido en cinco cuotas o partes sociales de un valor nominal de los socios fundadores así: Leidy Viviana Bautista López, aporta la suma de ciento ochenta mil pesos moneda corriente (180.000) divididos así: $80.000 en efectivo y una nevera por valor de $100.000, Cindy Lorena Rodríguez, aporta la suma de ciento treinta mil pesos moneda corriente (130.000) divididos así: $80.000 en efectivo y ollas por un valor de $50.000 , Mónica Liceth Vargas Beltrán, aporta la suma de ciento ochenta mil pesos moneda corriente (180.000) divididos así: $80.000 en efectivo y una estufa por valor de $100.000 , Dexy Katherinne Ospina Montaño, aporta la suma de ciento treinta mil pesos moneda corriente (130.000) divididos así: $80.000 en efectivo e implementos de cocina(cucharas: $12.500, platos: $12.500, espátulas: $12.500 y vasos medidores: $12.500) por valor de $50.000. SEXTA; Esta sociedad será administrada por el socio que fue elegido por la junta de socios y tomará decisiones dependiendo del concepto de los demás socios. SEPTIMA; Todos los socios componen la junta de socios que tendrán una reunión ordinaria cada 2 meses en la sede social de la empresa, en la fecha y hora determinada por el gerente y avisada por escrito a los socios quince días con anticipación. OCTAVA; Los balances se harán cada seis (6) meses y los inventarios diariamente, las utilidades se dividen al 50% para inventarios y el otro 50% se distribuirá entre los socios. NOVENA; la sociedad deberá llevar un libro debidamente registrado en que se anotaran por orden cronológico, las actas de las reuniones de la junta de socios y estas serán firmadas por su presidente y su secretario, en cada oportunidad. DÉCIMA: La sociedad tendrá una duración de 2 años, si al terminar este plazo la empresa es rentable se continuará con la sociedad. DÉCIMA PRIMERA; La liquidación será por partes iguales entre los socios. DÉCIMA SEGUNDA; Si hay diferencias entre los socios se hará una reunión para dar solución arbitral. DÉCIMA TERCERA; La Representante legal de la sociedad convoca a una reunión para tomar una decisión, si esta persona llegará a incumplir se realizará una segunda convocatoria con un plazo determinado dentro de los estatutos, si por alguna razón volviese a faltar se reunirán para excluirlo por medio de una carta según los artículos. DECIMA CUARTA; Tiene la facultad de hacer revisión de libros, intervenir en cualquier transacción o contrato que no tenga la legalidad necesaria y la obligación de pasar el informe fiscal a la junta de socios. DÉCIMA QUINTA; Además de las causales generales de disolución, esta sociedad quedara disuelta cuando el numero de socios exceda de veinticinco (25), cuando ocurran políticas que reduzcan el valor de los activos sociales por debajo del cincuenta por ciento (50%) del capital social. DÉCIMA SEXTA; En todo lo no previsto en el presente contrato, la sociedad se regirá por las disposiciones legales sobre sociedades de responsabilidad limitada. DÉCIMA SEPTIMA; A la fecha se firma el presente documento en aceptación.
FIRMAS:
NOTARIO: DIEGO JULIAN OCAÑA
C.C. 1.075.986.325 de Barranquilla
LEIDY VIVIANA BAUTISTA LOPEZ CINDY LORENA RODIGUEZ
C.C. Nº 1’015.417.970de Bogotá T.I. Nº 901029-68793 de Bogotá
MONICA LICETH VARGAS BELTRAN DEXY KATHERINNE OSPINA MONTAÑO
T.I. Nº 910330-24997 de Facatativa T.I. Nº 900825-58976 de Zipaquirá